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CONTRATO EDUCATIVO – RESERVA DE VACANTE 

 

La Dirección de la Escuela es quien determina el modelo educativo de esta institución y las actividades de docentes, alumnos y alumnas, apuntando al logro de los Objetivos institucionales en total acuerdo con los lineamientos básicos de la Ley Nacional de Educación, la Ley Provincial de Educación, la Dirección General de Cultura y Educación y la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada (Di.E.Ge.P.).

                             La Matriculación del alumno/a en esta institución debe ser el resultado de un acuerdo familiar, por eso es muy importante que la familia se interiorice de los reglamentos Ministeriales e internos del establecimiento.  El progenitor / tutor legal, declara conocer, aceptar, cumplir y hacer cumplir los reglamentos internos, acuerdos de convivencia, y demás disposiciones emanadas del ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO.

1-La matriculación obliga a la Institución a impartir al alumno/a:

  • La enseñanza correspondiente al nivel, según el Diseño Curricular vigente.

  • Servicios educativos que se desempeñan en el Establecimiento. (extraprogramáticas, equipo orientador escolar, etc.).

  • Trato equitativo en un clima de respeto mutuo.

2-El firmante y /o padres del alumno abona en este acto el importe de la Matrícula completa, entregándole el Instituto el recibo de tal concepto y el         Régimen Arancelario y se compromete a cumplirlo sabiendo que:

  • El Arancel es el aporte económico a la obra de la Institución y debe ser abonado en término.

  • Debe contribuir con el arancel que este servicio educativo está autorizado a percibir.

  • El no cumplirlo implica la NO rematriculación del alumno para el próximo ciclo lectivo.

  • Se deben informar las causas de atrasos, firmar un acta de compromiso de pago y documentar la deuda.

3-El firmante acreditará el cumplimiento del pago con la presentación de los comprobantes expedidos y sellados en     la     Administración, a requerimiento del Instituto, pudiendo en su defecto prepararse la vía ejecutiva.

4-Se entenderá que el firmante rescinde unilateralmente el presente contrato si incurriera en incumplimiento de la   totalidad del pago de tres aranceles facturados consecutiva o alternadamente, facultando al Instituto a disponer de la   vacante.

5-Rescisión del contrato.  El progenitor / tutor legal deberá comunicar por escrito la voluntad de rescisión del   presente contrato y los motivos del mismo.  En caso de no dar aviso fehacientemente, continuará corriendo el   arancel mensual, hasta que se haga efectiva dicha notificación.

6-La relación se establece entre el Complejo educativo del Club Atlético Los Andes, a través de la Dirección, las   docentes, el Representante Legal y la Administración y los padres del alumno/a, no reconociendo ni aceptando la   Institución relacionarse con intermediarios o grupos de personas que se atribuyan representaciones de cualquier tipo.

7-Este Establecimiento hace expresa reserva del derecho de admisión y no garantiza la vacante en caso que el   alumno/a repita el año y no exista la vacante en el año de permanencia y no asegura la estancia del alumno/a con   determinado grupo y /o turno

8-El padre, tutor o encargado tiene el derecho de solicitar el pase del alumno/a en cualquier etapa del ciclo lectivo,   cuando así lo crea conveniente y hasta la etapa del ciclo que establezca la Dirección General de Cultura y Educación,   acreditando el “Libre Vacante” de la institución al que será transferido ya que así lo reglamenta la obligatoriedad del   mismo.

9-El Reglamento Interno, las Normas de Convivencia y los Acuerdos Institucionales de Convivencia forman parte   indivisible de este contrato.

10-Notificaciones.  Domicilios.  El Progenitor / Tutor Legal fija domicilio en aquel denunciado en la planilla de   inscripción, donde se tomarán por válidas todas las notificaciones extraordinarias.  Se podrán realizar también   notificaciones por medio del cuaderno de comunicaciones del alumno/a.

11-El Servicio Educativo puede ser prestado de modo presencial o virtual y en este caso será a través de las   aplicaciones redes y/o programa que establezca el establecimiento en iguales condiciones y características.

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